Plataforma
de Financiamiento

Subsidio construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena

El objetivo del concurso es subsidiar las inversiones necesarias para satisfacer la demanda en obras de riego y/o de drenaje en terrenos de personas, comunidades o parte de comunidades indígenas.
las postulaciones podrán realizarse en una de las siguientes modalidades:
a) Persona natural indígena: Se entenderá como la persona natural que cumpla con los requisitos señalados en el artículo 2° de la Ley N° 19.253 y en el Decreto Supremo N° 392, del año 1993 de MIDEPLAN, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Que a la fecha de postulación al concurso debe ser mayor de 18 años y debe haber acreditado su calidad de indígena ante CONADI.
b) Comunidad Indígena: Se entenderá por “comunidad indígena”, aquella organización constituida de conformidad a los artículos 9° y siguientes de la Ley N° 19.253, que tengan su directiva vigente al momento de la postulación.
c) Parte de Comunidad Indígena: Se entenderá por “Parte de Comunidad Indígena” a la postulación que conlleve 5 o más socios de una misma comunidad indígena vigente al momento de la postulación constituida de acuerdo a lo establecido en los artículos 9º y siguientes de la Ley Nº 19.253.

El monto de subsidio será otorgado a los beneficiarios sin cargo de restitución y deberá ser destinado única y exclusivamente para la ejecución del proyecto adjudicado.
Los montos máximos a otorgar según la modalidad bajo la cual se postule, serán:
a) Postulación como persona natural, será la cantidad de hasta $12.000.000.- (doce millones de pesos).
b) Postulación como comunidad indígena será la cantidad de hasta $80.000.000.- (ochenta millones de pesos).
c) Parte de comunidad indígena: será la cantidad de hasta $60.000.000.- (sesenta millones de pesos).

El presente subsidio será para los siguientes tipos de obras de riego:
a. Pozos para captar aguas subterráneas, (mini sondajes, pozos mecanizados, profundizaciones de pozos, siempre que tenga derechos constituidos o regularizados, no se acepta en este tipo de proyectos derechos de aprovechamiento de agua en trámite, no se permitirán captaciones de aguas subterráneas en terrenos arrendados; solo podrán solicitar este tipo de obras, quienes posean derechos de aprovechamiento de aguas a nombre del postulante, quedan excluidos de este tipo de proyectos, los que presenten derechos o autorizaciones de asociaciones indígenas o terceros) .
b. Bocatomas de derivación permanente de aguas desde ríos, esteros o vertientes;
c. Obras o sistemas de captación de aguas lluvias;
d. Obras para abastecimiento de agua de niebla;
e. Obras de conducción y/o de distribución de aguas (canales intraprediales, canales matrices, conducción por tuberías y sistemas de riego);
f. Obras de acumulación y almacenamiento de aguas;
g. Obras de regulación para optimizar el uso del agua;
h. Obras de drenaje cuyo destino sea la acumulación y regularización del recurso agua;
i. Obras orientadas a la recuperación de tecnología ancestral, uso de energía renovables y mejoramiento de la calidad del agua.

  • Subsidio

  • Tarapacá
Monto Máximo Cofinanciamiento

Porcentaje Cofinanciamiento

95%

Tipo Beneficiario

  • Persona Natural

Destinos Financiamientos

  • Inversión activo fijo y equipos